lunes, 12 de diciembre de 2011

EL SUEÑO DE PETRO FRENTE A LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN COLOMBIA UNA EXPERIENCIA DEL “NO TODO VALE”

Colombia, como el resto de las democracias occidentales, muy pocas veces elije a sus líderes con base en sus propuestas, en su plan de gobierno, o en lo que anuncia que va a hacer; pareciera como si se asumiera que esas “promesas” son cosa de los políticos, y que no tienen un efecto vinculante.

Una de las propuesta del entonces Candidato a la Alcaldía Petro, era la fusión de las empresas de servicio público de Bogotá, con el objeto de que las empresas deficitarias, pudieran capturar los beneficios de las empresas superavitarias, y de esa manera mejorar la tarifa al usuario final, propuesta que realmente muy pocos conocían, y que no se ventiló en los debates.

Es importante analizar la propuesta desde el punto de vista de los mercados ( y por ende de los inversionistas), de los objetivos, y finalmente desde el punto de vista jurídico, para que no se diga que este es un documento leguleyo.

Así, desde la perspectiva de los inversionistas, hay que recordar que cuando se hizo la vinculación de capital privado a las empresas Emgesa y Codensa, la EEB estaba quebrada, fundamentalmente por los sobrecostos que generó la supuesta corrupción del Guávio, que incluso amenazaba a la Nación en la medida que era garante del crédito.

El esquema ideado fue muy interesante, porque permitió que se vincularan recursos importantes para prestar los servicios de generación y distribución de energía eléctrica, se vinculó igualmente una gestión privada eficiente, dentro de un modelo de regulación del Estado, que en su momento era incipiente, pero que ha demostrado con creces ser exitoso y generar beneficios para los usuarios.

Ese proceso además, permitió que el Distrito se beneficiara de recursos importantes de inversión, con los cuales se han hecho obras, como las pocas que hoy tiene para mostrar Bogotá; esos recursos a su vez, le permitieron a la EEB salir de la difícil situación financiera, y convertirse en un gran inversionista, al punto que hoy en día es dueño de TGI, una de las dos transportadoras más importantes del país, tiene el 15% de Promigas, inversiones en el Perú, sin contar con los proyectos de transmisión eléctrica que viene haciendo en Centro y Sur América, inversiones todas que le generan al distrito entre COP 250 mil y 500 mil millones al año para inversión.

En ese sentido, Petro se equivoca al afirmar que el modelo no ha sido exitoso, por lo menos en energía eléctrica.

Desde el punto de vista de los inversionistas, sin embargo, el asunto es muy diferente; la posición de Petro implica un cambio súbito de las reglas, que sin duda tiene efectos frente a estos; Petro debe respetar que los inversionistas tienen derechos, y que éste no puede alegremente ir desconociéndolos, ni a los que compraron acciones de EEB en la bolsa de Bogotá, ni tampoco a los institucionales representados en los fondos de pensiones.

Esto puede tener repercusiones serias, desde el punto de vista de credibilidad; ¿Quién en el futuro participará en la compra de acciones de la EEB, si su estabilidad está sujeta al humor el alcalde de turno?


LOS OBJETIVOS

En lo que tiene que ver con los objetivos de la estrategia, éstos son claros y pretenden básicamente hacer lo que se conoce como un subsidio cruzado a través del cual, los excedentes de una unidad de negocio sirven para cubrir los déficit de otra unidad de negocio; en este caso puntual, pasar los excedentes de la EEB (La Vaca Lechera), a la ETB (El hoyo negro en expansión) y las EAAB (Hoyo Negro viejo)

Lo primero que habría que decir, es que ese mismo objetivo lo puede lograr via presupuesto, básicamente destinando los excedentes que recibe por parte de la EEB, y pasarlos a las otras empresas; esto no es un proceso complejo, aunque si requiere las discusiones políticas del caso; esta es la verdadera y única forma en que el objetivo se puede lograr, ya que el Alcalde es libre de determinar que porcentaje de subsidios concede a las poblaciones menos favorecidas.

Lo segundo que habría que decir, es que el medio planteado para lograr el objetivo en sí mismo (es decir la fusión), no solo no agrega valor sino que resta; en efecto, estaría mezclando una empresa rentable y con proyección, con empresas mayoritariamente públicas, altamente afectadas por los vicios propios del sector público y teóricamente deficitarias.

Lo razonable sería, en el caso de la EAAB por ejemplo, reducir los costos de prestación del servicio, mejorar la eficiencia de la empresa y en general, hacer lo que cualquier accionista o propietario haría; a modo de referencia, la CRA en documentos publicados afirma por ejemplo, que un ingeniero de cierto nivel, cuesta 14 veces más en la EAAB que en Manizales, diferencias que se explican por las prebendas de carácter sindical que tienen los trabajadores de la EAAB. Esto claramente afecta ciertos sectores de izquierda, donde se aplica la máxima según la cual lo “tuyo es mío y lo mío es mío”, que claramente apoyan a Petro.

En el caso de la ETB, el tema es aún peor, porque este es un sector en competencia, donde se requieren grandes capitales y donde juegan los grandes cacaos mundiales, incluyendo el más rico del mundo. ¿Tiene sentido que el Estado este invirtiendo allí? ¿Agrega algo de valor? La respuesta es claramente no.


LOS ARGUMENTOS JURÍDICOS

Desde el punto de vista jurídico, el asunto resulta mucho más interesante; la ley 142 fue expedida bajo el supuesto que era preferible tener empresas unipropósito, ya que de esta manera se reducen las barreras de entrada a la competencia, y por ende, recursos de capital a las diferentes actividades; esto es teoría microeconómica pura y comprobable.

Las empresas integradas como EPM se mantuvieron, en la medida que fueron viables financieramente; otra integrada como EMCALI sucumbió y debe pensar en deshacerse de negocios si quiere salvar los pocos rentables que le quedan.

Ahora bien, integrar las empresas para generar subsidios cruzados está claramente prohibido en la ley, por las mismas razones antes expuestas; en efecto, la ley señala respecto de este tipo de subsidios lo siguiente:

“Las comisiones de regulación podrán obligar a una empresa de servicios públicos a tener un objeto exclusivo cuando establezcan que la multiplicidad del objeto limita la competencia y no produce economías de escala o de aglomeración en beneficio del usuario. En todo caso, las empresas de servicios públicos que tengan objeto social múltiple deberán llevar contabilidad separada para cada uno de los servicios que presten; y el costo y la modalidad de las operaciones entre cada servicio deben registrarse de manera explícita.”

Y más adelante, el artículo 73 señala claramente lo siguiente:

“73.13. Ordenar que una empresa de servicios públicos se escinda en otras que tengan el mismo objeto de la que se escinde, o cuyo objeto se limite a una actividad complementaria, cuando se encuentre que la empresa que debe escindirse usa su posición dominante para impedir el desarrollo de la competencia en un mercado donde ella es posible; o que la empresa que debe escindirse otorga subsidios con el producto de uno de sus servicios que no tiene amplia competencia a otro servicio que sí la tiene; o, en general, que adopta prácticas restrictivas de la competencia.”

Como el objetivo claro ya fue puesto de presente por el Alcalde electo, la probabilidad que la SIC apruebe la fusión son cercanas a 0%, salvo que exista el compromiso de no hacer esos subsidios cruzados, lo que implicaría perder la razón de ser de todo este alboroto.

ASPECTOS FINALES

Esta situación lleva consigo una reflexión que los Colombianos deberíamos hacer, respecto de las empresas de naturaleza pública en sectores privados, o en inversiones privadas del Estado, y es que éstas deben estar protegidas de los vaivenes políticos, para que sean viables en el largo plazo.

Es válido sin duda, que un Alcalde establezca que es preferible que se invierta en gasto social, en vez de hacer inversiones en acciones o empresas; lo que no es válido es que estas cuestiones se ventilen cuando ya todo está hecho, por decisiones políticas anteriores; la institucionalidad implica respetar las reglas, aún cuando éstas no convengan en el corto plazo.

El éxito de Lula se produjo fundamentalmente, porque dentro de las reglas, enfocó los recursos públicos al gasto público social, sin irrespetar a los inversionistas, ni a los tenedores de bonos ni a los accionistas; este debería ser objetivo de Petro, pero no bajo la regla del “todo vale”, porque puede llevar al traste su propio mandato.

Estas empresas deben ser protegidas, de manera que se preserve igualmente el patrimonio público; una forma de protegerlas es aceptar que las funciones del Estado, no son compatibles con el ánimo de lucro de las empresas privadas. Si el Estado quiere ser accionista, debe comportarse como tal, y buscar el bienestar de la empresa, y a través de ésta el suyo propio.